La decisión de la Federación Bonaerense, de no permitir que los Bomberos de Sarandi se defiendan legalmente y que se encuentra plasmada en la resolución firmada por el Intructor designado por esa entidada Of 1ro Mauro de Lomas de Zamora, es otro de los disparates jurídicos que los Bomberos venimos soportando desde hace años. Estos personajes, avasallando la Constitución Nacional, Provincial y los Pactos Internacionales, pretenden pisotear los derechos de los Bomberos tal cual siempre y en cualquier ámbito lo vienen haciendo. A los Bomberos les preguntamos: ¿Estas personas defienden o defendieron alguna vez a los Bomberos o se dedicaron a construir su propio "nicho" de poder para que nadie los cuestione y poder hacer así con los Bomberos lo que quieran?. Como estos hipócritas que se "disfrazan" de Bomberos, manchando el nombre de tan noble profesión, no nos defienden, nosotros nos haremos cargo. A continuación y para información de todos los Bomberos del país les decimos que: tienen derecho a designar abogados defensores en los sumarios y le transcribimos los artículos de la Constitución Nacional y Provincial correspondientes:Artículo 18 de la Constitución Nacional: “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos…”
Artículo 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires :” La Provincia asegura la tutela judicial continua y efectiva, el acceso irrestricto a la justicia, la gratuidad de los trámites y la asistencia letrada a quienes carezcan de recursos suficientes y la inviolabilidad de la defensa de la persona y de los derechos en todo procedimiento administrativo o judicial. Las causas deberán decidirse en tiempo razonable. El retardo en dictar sentencia y las dilaciones indebidas cuando sean reiteradas, constituyen falta grave”.
CONOCER SUS DERECHOS ES EL PRIMER PASO PARA COMENZAR A EJERCERLOS. LOS DERECHOS NO SE NEGOCIAN, SE EJERCEN. MUCHAS PERSONAS MURIERON A LO LARGO DE LA HISTORIA LUCHANDO POR OBTENERLOS .
